La ley contempla supuestos para renunciar a la presidencia de una comunidad
La Ley de Propiedad Horizontal recoge condiciones relacionadas con la posibilidad de no ejercer la presidencia de una comunidad de propietarios.
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- OKDiario — La Ley de Propiedad Horizontal lo avala: los propietarios nacidos en 1956 o antes pueden renunciar a ser presidentes de la comunidad y el artículo 13.2 lo confirma